
Una jubilada, herida al caerse en la calle
Cobrará por tropezar en una vereda
La justicia civil condenó al gobierno porteño a pagar 10.000 pesos a una mujer
Una jubilada que tropezó en una vereda de la avenida Santa Fe, en Palermo, será indemnizada con 10.000 pesos por el gobierno porteño.
La Justicia lo condenó al considerar que el accidente se produjo porque las baldosas estaban levantadas por el crecimiento de la raíz de un árbol que fue cortada sólo cuando la señora terminó herida. El fallo fue dictado por los jueces de la Sala B de la Cámara Civil a raíz del accidente que tuvo una mujer de 76 años que cayó en la vereda y quedó con una incapacidad del "17,31 por ciento por las heridas".
Los jueces Gerónimo Sanso, Mauricio Mizrahi y Claudio Ramos Feijoo tuvieron en cuenta que la baldosa estaba levantada debido a la raíz de un árbol y que el consorcio del edificio situado frente al lugar había pedido sin éxito al gobierno de la ciudad que arreglara la vereda. Sólo lo hizo después de la caída de la mujer, dice el fallo judicial.
El accidente ocurrió en la avenida Santa Fe al 3200, en la vereda de enfrente al Alto Palermo Shopping.
Las normas establecen que el mantenimiento de las veredas es responsabilidad de los frentistas, excepto cuando el deterioro haya sido originado por las raíces de los árboles. Además, los particulares no pueden cortarlas, pues esto está penado por otra ordenanza. Los camaristas descartaron los argumentos de defensa del gobierno porteño, según el cual la culpa era de la mujer "por no tener cuidado".
Máxime cuando era vecina del lugar y conocía muy bien el estado de la vereda, argumentaron, por lo que no pudo sorprenderse por el desnivel.
"Las lesiones de la actora son consecuencia del descuido de ésta al no prestar atención al estado de la vereda, siendo que en su carácter de habitante del edificio próximo conocía exactamente el defecto del piso", dijo el gobierno porteño. Pero los camaristas afirmaron que va "contra toda lógica y razonabilidad que los peatones optan por correr riesgos inútilmente.
No hay modo de descalificarlos por el simple hecho de tropezar con un elemento mal instalado". El fallo, al que accedió LA NACION, exculpa al consorcio del edificio
Cobrará por tropezar en una vereda
La justicia civil condenó al gobierno porteño a pagar 10.000 pesos a una mujer
Una jubilada que tropezó en una vereda de la avenida Santa Fe, en Palermo, será indemnizada con 10.000 pesos por el gobierno porteño.
La Justicia lo condenó al considerar que el accidente se produjo porque las baldosas estaban levantadas por el crecimiento de la raíz de un árbol que fue cortada sólo cuando la señora terminó herida. El fallo fue dictado por los jueces de la Sala B de la Cámara Civil a raíz del accidente que tuvo una mujer de 76 años que cayó en la vereda y quedó con una incapacidad del "17,31 por ciento por las heridas".
Los jueces Gerónimo Sanso, Mauricio Mizrahi y Claudio Ramos Feijoo tuvieron en cuenta que la baldosa estaba levantada debido a la raíz de un árbol y que el consorcio del edificio situado frente al lugar había pedido sin éxito al gobierno de la ciudad que arreglara la vereda. Sólo lo hizo después de la caída de la mujer, dice el fallo judicial.
El accidente ocurrió en la avenida Santa Fe al 3200, en la vereda de enfrente al Alto Palermo Shopping.
Las normas establecen que el mantenimiento de las veredas es responsabilidad de los frentistas, excepto cuando el deterioro haya sido originado por las raíces de los árboles. Además, los particulares no pueden cortarlas, pues esto está penado por otra ordenanza. Los camaristas descartaron los argumentos de defensa del gobierno porteño, según el cual la culpa era de la mujer "por no tener cuidado".
Máxime cuando era vecina del lugar y conocía muy bien el estado de la vereda, argumentaron, por lo que no pudo sorprenderse por el desnivel.
"Las lesiones de la actora son consecuencia del descuido de ésta al no prestar atención al estado de la vereda, siendo que en su carácter de habitante del edificio próximo conocía exactamente el defecto del piso", dijo el gobierno porteño. Pero los camaristas afirmaron que va "contra toda lógica y razonabilidad que los peatones optan por correr riesgos inútilmente.
No hay modo de descalificarlos por el simple hecho de tropezar con un elemento mal instalado". El fallo, al que accedió LA NACION, exculpa al consorcio del edificio
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"Espacio peligroso"
"No puede discutirse que un desnivel de la vereda, por su misma conformación, constituye un espacio peligroso, de forma entonces que ajeno el encadenamiento de factores concurrentes, cuenta especialmente la inactividad por ausencia de contralor del gobierno de la ciudad, pese a las actuaciones cumplidas en el expediente administrativo", expresaron los magistrados. Por eso, sostuvieron que "incumplida la obligación de fiscalización que le concierne al gobierno, en tanto de un lado titular del dominio público y, de otro, del poder de policía que debe ejercer verificando el cumplimiento de aquellas reglamentaciones que tiene la autoridad de dictar precisamente en función de su ministerio (no se puede desligar de la preservación y mantenimiento de la vía pública), se hace necesario rechazar la apelación de la ciudad y confirmar el fallo de primera instancia".
Los magistrados entendieron que corresponde que se pague la indemnización de 10.000 pesos a la mujer más los intereses desde 2003, cuando ocurrió el accidente.
Se contemplaron indemnizaciones por el daño físico que recibió, el daño psicológico, los costos del tratamiento, el daño moral y los gastos que insumieron la atención médica, los remedios, el traslado y la vestimenta arruinada.

"Espacio peligroso"
"No puede discutirse que un desnivel de la vereda, por su misma conformación, constituye un espacio peligroso, de forma entonces que ajeno el encadenamiento de factores concurrentes, cuenta especialmente la inactividad por ausencia de contralor del gobierno de la ciudad, pese a las actuaciones cumplidas en el expediente administrativo", expresaron los magistrados. Por eso, sostuvieron que "incumplida la obligación de fiscalización que le concierne al gobierno, en tanto de un lado titular del dominio público y, de otro, del poder de policía que debe ejercer verificando el cumplimiento de aquellas reglamentaciones que tiene la autoridad de dictar precisamente en función de su ministerio (no se puede desligar de la preservación y mantenimiento de la vía pública), se hace necesario rechazar la apelación de la ciudad y confirmar el fallo de primera instancia".
Los magistrados entendieron que corresponde que se pague la indemnización de 10.000 pesos a la mujer más los intereses desde 2003, cuando ocurrió el accidente.
Se contemplaron indemnizaciones por el daño físico que recibió, el daño psicológico, los costos del tratamiento, el daño moral y los gastos que insumieron la atención médica, los remedios, el traslado y la vestimenta arruinada.
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