Fallo internacional
Ordenan eliminar las calumnias e injurias
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le exigió al Estado argentino reformar las figuras de calumnias e injurias, tipificadas en el Código Penal, para "satisfacer los requerimientos de seguridad jurídica" y garantizar "el ejercicio del derecho a la libertad de expresión".
El tribunal internacional formuló el reclamo al pronunciarse en el caso del periodista Eduardo Kimel, que había sido condenado por criticar en un libro la actuación del juez Guillermo Rivarola en la investigación de la masacre de San Patricio, durante la dictadura militar.
La CIDH, que preside la doctora Cecilia Medina Quiroga, intimó al Estado a reformar la legislación y, como formas de reparación, exigió la anulación de los efectos de la sentencia penal a Kimel -un año de prisión en suspenso y el pago de $ 20.000- y la realización de un acto público de reconocimiento de su responsabilidad, en un plazo de seis meses.
"La opinión no puede ser objeto de sanción, más aún cuando se trata de un juicio de valor sobre un acto oficial de un funcionario público en el desempeño de su cargo", expresó el tribunal en la sentencia. Además, determinó que el Estado argentino debe "eliminar inmediatamente el nombre del señor Kimel de los registros públicos en los que aparezca con antecedentes penales relacionados con el presente caso".
En agosto de 2007, el Estado argentino había asumido responsabilidad internacional por las violaciones de los derechos humanos registrados en el caso, aunque la admisión no contempló la reforma de las figuras de calumnias e injurias, que siguen vigentes en el derecho penal.
1.6.08
....garantizar "el ejercicio del derecho a la libertad de expresión".
"Pero la obligación de vindicarse sigue vigente. No tienen pretexto"(Amicus Curiae)
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