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5.1.09

Alicia en la Provincia de las Maravillas

El resto está para picada...no se mueven,no tienen iniciativa,
"Es la Unica que Sirve"


Un "anónimo" nos ha mandado un interesante artículo publicado en www.justiciasanluis.gov.ar,página 18 Nº 16 ,titulado "LA CONFUGURACION DE LOS DELITOS DE INJURIA Y CALUMNIA",donde la corte provincial casa fallo por calumnias y lo ratifica en cuanto a las injurias.-

Y como el "pez por la boca muere" se advierte el orígen del correo y su motivación,por lo que va este comentario.



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¿EL QUE CALLA OTORGA?
Nuestra página no tiene encono con nadie,pero no está para aplaudir sino para controlar y eso hacemos.-
La Dra.Alicia Bañuelos no nos ha desmentido lo que hemos publicado ni tampoco ha dicho si ha cumplido con la resolución del Tribunal de Cuentas que la exigió rendición mensual.-

Las rendiciones de cuentas de la Universidad de La Punta, se realizarán mensualmente



" El tribunal de cuentas exige se cumpla la Ley:
ACUERDAN:

Artículo 1: Establecer que las rendiciones de cuentas de la Universidad de La Punta, se realizarán mensualmente conteniendo los siguientes requisitos:
a) Carátula indicando el número de expediente; importe; nombre de la entidad que rinde y período rendido.
b) Nota de elevación, firmada por autoridad competente.
c) Un Estado Financiero mensual, con información analítica de ingresos y egresos, fecha cronológica de la relación de comprobantes, tipo de comprobantes, beneficiario, importe, número de Orden de Pago, número de cheque e instrumento legal autorizante. Lo detallado, deberá responder a un Plan de Cuentas y en concordancia con el Decreto N 6334-MP-2004.
d) Fotocopia del Libro de Banco y conciliaciones bancarias actualizadas.-Artículo 2: Toda la documentación original respaldatoria de los movimientos y operaciones que originen modificaciones patrimoniales cuantitativas y cualitativas, deberá ser mantenida por el Ente en forma ordenada y cronológica a efectos de su revisión y fiscalización por este Tribunal de Cuentas y de otros organismos de control competentes.-Artículo 3: Notificar al Ministerio del Capital, a la Dirección Provincial de Contaduría General, al Programa Administración, Control y Gestión del Gasto Público -Sub Programa de Tesorería- y a la Universidad de La Punta de lo resuelto presente Acuerdo.-
Artículo 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y Archívese.-Agotado el tema, motivo de este Acuerdo, se da por finalizado el mismo.-
(FDO.: DUGEN ARMANDO ENDEIZA -PRESIDENTE-; SERGIO TOMAS OSTE; LILIA ANA NOVILLO -VOCALES-)

¿Y.....?
¿Se cumple con este acuerdo?.
Lo que no queremos es que un día ocurra que se tomaron un avión con toda la familia y nos quedemos en pampa y la vía....como con la Bomba Atomica de Bariloche...
Amicus Curiae

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