Oficina Cómplice de los Malos Comerciantes
MONTIEL DIAS Y SU MAQUINA
DE DESTRUIR EXPEDIENTES
¿ Lo llevarán a la Pirámide ?
No se olviden de llevar a todo su personal y sus letrados que son "únicos".
¿El banco les garantiza trabajo para cuando los echen?
( Foto "prestada" por Tribunales )SORPRENDEN LA BUENA FE DE LOS CLIENTES HACIÉNDOLE FIRMAR CLAUSULAS ABUSIVAS.
LA ESTAFA DE LA CUENTA
CAJA DE AHORRO A JUBILADOS
Por fin se va a concretar una multitudinaria demanda con el Banco Supervielle por "robarle a jubilados" $ 40 pesos mensuales.-
Se trata un caso de abuso a la gente de la tercera edad que es practicamente obligado a cobrar sus haberes en una cuenta donde se le depositan sus haberes.
Aprovechándose de la euforia de los noveles jubilados se le entrega un formulario con letra muy chica,ilegal según la Ley de Defensa del Consumidor, y allí se incluyen claúsulas abusivas que por extensión nadie lee.
Entre ellas está la "autorización" a depositarle un "Adelanto" que sin ser usado se cobra con intereses usurarios.-
Ante el reclamo al banco le contesta que "Ud. firmó el contrato y es ley para las partes·.-
¿Qué puede hacer el consumidor
si percibe que se enfrenta
a una cláusula abusiva?
En el supuesto de que padezca la consecuencia de una cláusula abusiva, puede recurrir a la justicia para reclamar que dicha cláusula no le sea aplicable.
Pero también puede informar a la autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor (esto es las reparticiones públicas de defensa del consumidor de la Nación o de la jurisdicción que le corresponda) acerca de la existencia de este tipo de cláusulas para que dichas autoridades hagan quitar de los contratos las cláusulas con efectos hacia el futuro.
Existen, entonces dos vías posibles de acción:
ante la instancia judicial.
ante la autoridad administrativa
¿Qué derecho tiene el consumidor si se perjudica por una cláusula de este tipo?
¿Qué hacen las oficinas de defensa del consumidor para proteger al consumidor ante la existencia de cláusulas abusivas?
En San Luis la burocracia no hace nada.Fija audiencias a meses y luego no se diligencian las notificacines y disuaden al jubilado a reiterar o activar el planteo
¿La "letra chica" de los contratos disimula la existencia de las cláusulas abusivas?
En numerosos casos, la Autoridad Nacinal y de otras Provincias de Aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor detectó que era práctica habitual en el mercado que las cláusulas de los contratos de adhesión estuviesen escritas en una letra demasiado pequeña; directamente ilegible, desalentando su lectura y dificultando su comprensión.
Para combatir esta mala práctica de la "letra chica", se dictó la Resolución S.I.C. y M. N° 906/98 que entró en vigencia el 7 de julio de 1999, disponiendo que todos los contratos escritos de consumo, así como todo otro documento (factura, certificado de garantía, solicitud, etc.) contengan un tamaño de letra de un mínimo de 1,8 milímetros de altura y que toda cláusula que deba ser destacada, tiene que consignarse en "negrita" y de tamaño superior al resto del texto.
El caso ha sido encomendado al Servicio Gratuito de Asistencia al Consumidor ,Usuario y Estafados por la "Letra Chica" de los Contratos.
Si Ud. quiere adherirse a esta reclamo judicial gratuito escríbanos a
controlpopularargentino@hotmail.com
DEJAR MENSAJE :
Si no tiene PC nos deja el mensaje en el teléfono 02652 351376 y es reenviado automátiamente a nuestro correo electrónico.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario