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21.11.06

Una Virtual Guerra de Precios - II Parte

A.D.E.U.C.O.
Publicación Digital Quincenal Año V - N° 120 –
13 de Noviembre de 2006 - San Luis -
Argentina 02652 - 431771 - 424687-
lalupa2007@yahoo.com.ar
lupadelconsumidor@yahoo.com.ar


LAS ADMINISTRADORAS EN RED:
Resolución de la IGJ dispone que las administradoras de Planes de Ahorro deberán habilitar su página web
El 3 de Noviembre pasado, se publico en el Boletín Oficial la Resolución General 14/2006 emanada de la Inspección General de Justicia.


En la misma, se dispuso que las entidades de capitalización y ahorro para fines determinados "comprendidas en los artículos 9º de la Ley Nº 22.315 y 140 de la Ley Nº 11.672 —t.o. Decreto Nº 1110/2005— y en las disposiciones del Decreto Nº 142.277/43, deberán habilitar una página web de acceso libre y gratuito, con los contenidos mínimos relativos a las operatorias para las cuales se encuentran autorizadas por la IGJ" (art. 1°).
– Contenidos comunes:
-Sede social.
-Centro/s de consultas del público: dirección y/o teléfono, telefax y/o dirección electrónica (e-mail).
-Listado de agentes, promotores o concesionarios:
-nombre o denominación, dirección, teléfono, telefax y/o dirección electrónica (e-mail).
-Facsímiles de los instrumentos contractuales y todo anexo, complemento o modificación de los mismos que las entidades estén facultadas o autorizadas a utilizar.


II - Planes de ahorro previo por círculos o grupos cerrados para la adjudicación directa de bienes muebles o de sumas de dinero con destino a adquisición de bienes muebles, pasajes o servicios o adquisición, ampliación o refacción de inmuebles y planes por ciclo abierto con fondo único de adjudicaciones y reintegros para la adjudicación directa de sumas de dinero por puntaje y sorteo —Capítulos II a V, Anexo “A”, de la Resolución General I.G.J. Nº 26/04 y modificatorias— (deberán constar los contenidos que correspondan a la clase de operatoria):
-Denominación y duración de los planes administrados.

-Listado de los bienes-tipo.

-Precios de los bienes que se adjudican, comunicados a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

-Valores máximos de los gastos de entrega de bienes —cuando estén a cargo de los suscriptores de acuerdo a los contratos— comunicados a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

-Listado de las sumas de dinero que se adjudican.

-Formas de adjudicación.

-Tiempo medio de espera en cada plan (con explicación de en qué consiste).

-Bonificaciones o beneficios que se ofrecen por la entidad administradora para promover la suscripción de contratos.

-Bonificaciones comunicadas a la entidad administradora como ofrecidas a ese mismo fin por agentes, promotores o concesionarios incluidos en el listado vigente.

-Forma de determinación del valor móvil (explicación sobre cómo varía: por precio del bien, precios de referencia, etc.)

-Derecho de suscripción, inscripción o admisión (porcentaje que representa sobre el valor básico y formas de pago).

-Cuota pura de ahorro y cuota pura de amortización en cada plan (como porcentaje del valor móvil).

-Carga administrativa (como porcentaje sobre la cuota pura; oportunidad de pago).

-Modalidades, monto o porcentaje y oportunidad de pago de complementos de cuotas comerciales, en los casos de planes implementados con cuota reducida.

-Derecho de adjudicación (como porcentaje sobre el valor móvil; oportunidad de pago.

-Entidades financieras donde se deben efectuar los pagos (indicando clase de conceptos y aclarando en su caso cuáles de ellos deben pagarse ante el agente, promotor y/o concesionario y/o en el domicilio o sucursal de la entidad administradora).

-Día, hora y lugar de realización de actos de adjudicación, por grupo.

-Resultados de las adjudicaciones por grupo.

-Comunicación efectuada a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA sobre suspensión de adjudicaciones.

-Tasa de interés reconocida a los suscriptores para casos de mora en hacerles reintegros que les correspondan.

-Listado (denominación y domicilio) de compañías de seguros con las cuales la entidad administradora opera.
-Garantías de cumplimiento de las obligaciones contractuales constituidas voluntariamente o a requerimiento de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

-Fondos a disposición de los suscriptores (identificando títulos o contratos en la forma indicada en el art. 4º, ap. 4.2., ptos. 4.2.1., sub c y últ. frase, Cap. I, Anexo “A”, Resolución General Nº 26/04).

-Información sobre comunicación a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA de dificultades en la fabricación o importación de bienes (bienes-tipo o bienes por los que pueda optar el suscriptor —cambio de bien-tipo—) que impidan la normal comercialización o entrega de los mismos y de cesación de la fabricación o importación del bientipo.

-Régimen de conversión de la cuota en caso de cambio del bien-tipo.

-Comunicación efectuada a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA sobre el estado de entrega de bienes adjudicados.

-Información presentada a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA sobre situaciones no previstas y propuesta de soluciones estimadas pertinentes (art. 7º, pto. 7.4.2., Cap. IV, Anexo “A”, Resolución General I.G.J. Nº 26/04).

-Fecha de finalización de grupos.

-Información semestral presentada a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA sobre la evolución de los ingresos y egresos en la liquidación de grupos.


III – Planes de capitalización (Capítulo VI del Anexo “A” de la Resolución General I.G.J. Nº 26/04 y modificatorias).

- Denominación y duración de los planes.
-Valores nominales.
-“Endosos” de valores nominales para ampliación o disminución de los mismos (según condiciones de aprobación y con explicación del significado y efectos de la operación).
-Carácter “amortizante” o “no amortizante” de los planes (con explicación de su significado).
-Aclaración sobre la existencia o no de derecho de los suscriptores a participar en rendimientos de inversiones y/o utilidades de la sociedad.
-Derecho de inscripción (si el plan aprobado lo incluye), indicando porcentaje del mismo sobre el valor nominal del título y oportunidad de pago.
-Carga administrativa (como porcentaje sobre el valor móvil; oportunidad de pago).
-Determinación de la cuota de ahorro (como porcentaje del valor nominal del título).
-Tasa de interés técnica reconocida a los suscriptores.
-Entidades financieras donde se deben efectuar los pagos (indicando clase de conceptos y aclarando en su caso cuáles de ellos deben pagarse ante el agente o promotor y/o en el domicilio o sucursal de la entidad administradora).
-Posibilidad de cobranza de cuotas a domicilio, con aclaración de ser opcional para el suscriptor e indicación del monto o porcentaje que el suscriptor debe soportar como cargo por tal servicio.
-Plazo a partir del cual los suscriptores tienen derecho a solicitar rescate.
-Valores de rescate en cada plan por cada pesos mil ($ 1.000.-) de valor nominal (con indicación del valor que, por cada pesos mil ($ 1.000.-), se recupera en el primer mes a partir del cual el suscriptor tiene derecho de rescate).
-Comunicación efectuada a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA sobre forma de asignación de premios por suspensión de sorteos de Lotería Nacional.
-Tasa de interés reconocida a los suscriptores para casos de mora en hacerles reintegros que les correspondan por rescate o en el pago del valor del título o los premios.
-Existencia de fondos a disposición de los suscriptores en concepto de participación en rendimientos de inversiones y/o utilidades de la sociedad.
-Detalle con discriminación porcentual de la inversión de la reserva matemática.

La resolución establece además que "la información prevista en el artículo anterior deberá mantenerse actualizada" (art. 2°) y que las paginas deberán estar "confeccionada y habilitada a la consulta del público a partir del día 2 de mayo de 2007. Las entidades autorizadas que ya cuenten con dicha página deberán adecuar a partir de tal fecha sus contenidos mínimos a los de la presente resolución" (art. 3°). Se exceptúa de lo establecido en el párrafo anterior a aquellas entidades que, acreditando debidamente el escaso volumen de sus operaciones y la reducida dimensión de la organización administrativa dispuesta para su atención, soliciten dispensa temporal de la apertura de la página web.

TURISMO ESCOLAR
QUE es importante saber sobre turismo escolar
I - HACIA UNA MEJOR COMPRENSIÓN DEL NEGOCIO
1 - TIPOS DE VIAJES (Ley 25.599)


VIAJES DE ESTUDIO: actividades formativas integradas a la propuesta curricular de las escuelas organizadas y supervisadas por docentes. Es decir hay una participación activa y responsable del establecimiento educativo donde el evento tiene lugar.


VIAJES DE EGRESADOS: actividades turísticas de celebración de un periodo de la vida escolar. Son organizadas con la participación de los padres y alumnos y el establecimiento educativo no participa activa y responsablemente sin perjuicio de dar oportunos consejos a los organizadores.

2 - ¿QUÉ SON ESTOS VIAJES?
Es un acto donde: una parte compra un servicio (LOS PADRES Y ALUMNOS) y la otra (LAS AGENCIAS DE VIAJE O TURISMO) vende el servicio solicitado
Estamos en presencia lisa y llanamente de UN NEGOCIO con todas las de la ley.
Este negocio debería realizarse mediante condiciones de equidad contractual: quien compra el servicio concluya satisfecho con el mismo y quien lo vende obtenga la razonable utilidad del caso.

3 - CARACTERÍSTICAS DEL NEGOCIO U OPERACIÓN COMERCIAL
El producto que se compra es un intangible. No lo veo, no lo conozco cabalmente hasta que no lo recibo.
Se paga íntegramente por adelantado antes de recibir el producto.
Si se comprueba durante la prestación del servicio que el mismo difiere (calidad, por ejemplo) del contratado, los compradores, padres y alumnos carecen en general de las mas mínimas garantías para corregir la situación o compensar el desajuste con dinero (con un fondo de garantía por ejemplo).

4 - ¿QUIÉNES PARTICIPAN DE ESTE NEGOCIO?
la comunidad padres / alumnos que lo desean, cada uno en general de una manera diferente. Es un grupo más bien numeroso, heterogéneo en su composición, donde como mínimo hay disparidad de criterios e inexperiencia general.
Una Empresa organizada con sus políticas, sus procedimientos, su experiencia, con autoridades, ya sea dueños, directores o gerentes y un objetivo estratégico claro: ganar plata a partir de la venta de un servicio. Es decir, esta parte, la Empresa es la que desde el vamos “la tiene clara”.

II - PREMISAS BÁSICAS PARA DISFRUTAR EL VIAJE
1 - SI EL GRUPO ESTÁ POR INICIAR LAS NEGOCIACIONES
Ponerse de acuerdo entre padres y alumnos sobre QUÉ viaje se desea hacer atendiendo a deseos y posibilidades del grupo organizador.

Escribir una especie de Pliego u Hoja de Condiciones sobre las características básicas del producto-viaje a adquirir a efectos de entregarlo uno cada uno a las Agencias a las que se les pedirá cotización con el mismo Pliego u Hoja para ponerlas en un pie de igualdad.


Elegir al menos tres Agencias para poder comparar mejor los precios pero teniendo en cuenta que estén inscriptas en el REGISTRO DE AGENTES DE VIAJE DE LA SECRETARIA DE TURISMO DE LA NACIÓN, LEY 18.829 y que cuenten con un “Certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil”. En las reuniones mantenidas con los Coordinadores o promotores de las agencias es conveniente grabar las conversaciones, propuestas y promesas ya que estas y la folletería se consideran incluidas en el contrato del consumidor (art. 8 Ley 24240, Ley de Defensa del Consumidor)
Solicitarles a cada una de las empresas elegidas los dos últimos balances para verificar su situación de solvencia patrimonial.

¡¡¡¡ RECUERDE!!!!
LAS AGENCIAS RECIBEN LA PLATA DE MANERA ANTICIPADA Y, DESPUÉS DE TENERLA, TODA BRINDAN EL SERVICIO.


Establecer un hoja tipo grilla con la ofertas recibidas a los fines de hacer más efectiva la comparación.
Negociar con la empresa elegida condiciones económicas y financieras: rebaja de precios y formas de pago. En cuanto a los negociadores es conveniente que siempre sean los mismos para evitar malos entendidos, contradicciones, dobles discursos, etc. Nunca cambiarlos y menos si es necesaria una renegociación del contrato en algún momento.


Concluida la negociación y, antes de firmar contrato, hacer revisar este por un profesional o una Asociación de Consumidores teniendo en cuenta que quien firme por la Empresa debe estar adecuadamente Apoderado por la misma..


Es fundamental exigir la inclusión de una cláusula que ponga a resguardo el dinero entregado en concepto de cuotas y la calidad de los servicios comprometidos y finalmente recibidos. Por ejemplo deducir de cada entrega a la Empresa un monto, por ejemplo, el 25% del monto pagado el cual irá a formar parte de un Fondo de Reparo que la Empresa habrá de percibir recién luego de realizado el viaje a satisfacción de los usuarios.
Resultan de suma importancia las etapas de negociación, de elaboración del contrato y de la supervisión de su evolución para tratar de evitar posteriores acciones de tipo legal. Ya que, es bueno recordar que, en general, estos grupos de padres y alumnos que contratan servicios de TURISMO ESTUDIANTIL, luego de realizado el viaje, se dispersan.


2 - SI EL GRUPO YA CONTRATÓ Y EL VIAJE NO ES INMINENTE
Verificar con la Ley y el Contrato en mano el respeto, en la redacción del mismo que el clausulado de la Ley 25.299 haya sido cumplido cabalmente exigiendo, caso contrario, las rectificaciones o aclaraciones del caso.
Artículo 7 punto c) relativo al detalle de los servicios contratados.
Artículo 7 punto d) relativo a la contratación de seguros de vida, coberturas médicas, etc.
Artículo 12 relativo a los servicios “o similar”, que deja clara la restitución al usuario de los servicios incumplidos.

Artículo 13 relativo a los seguros contratados verificándose que la contratación no haya sido hecha con Empresas Aseguradoras “de papel”.


Solicitar una visita a los talleres o empresas que proveen el transporte a los fines de verificar in situ la calidad de los vehículos que se utilizan en los servicios ofrecidos por las Empresas a los efectos de asegurarse, de existir conformidad con los modelos, comodidades y estado de las unidades sean estas las afectada y no otras.

3 - SI EL GRUPO YA CONTRATÓ Y EL VIAJE ES INMINENTE
Verificar por lo menos con tres días de anticipación las unidades de transporte a afectar solicitando copia de la póliza de seguro de las mismas y estado de conservación y mecánico( frenos, profundidad de los dibujos de los neumáticos, funcionamiento de detalles de confort, baños, etc.), identificando adecuadamente cada unidad a los efectos de su fehaciente reconocimiento por parte de los usuarios el día del viaje.


Llevar una copia del contrato adecuadamente estudiado por parte de los mayores que acompañan a la delegación para lograr su cabal cumplimiento.


Portar números de teléfono de los interlocutores válidos de la empresa para comunicarse ante cualquier contingencia que lo amerite.

Texto: Ing. Jorge Arrigoni - Diseño: Martín Brunás
Extraído de la pagina web de la Unión de Usuarios y Consumidores: http://www.usuarios.org.ar/ - vinculo: Orientación al Consumidor: TURISMO ESTUDIANTIL
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// Noti Consumo // Noti Consumo // Noti Consumo // Noti Consumo //
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v Campaña "Adeuco en los Barrios": El próximo 20 de Noviembre, ADEUCO visitara el Barrio Vialidad Nacional, en la Ciudad Capital, en el marco de la campaña "Adeuco en los barrios". La ONG instalara una mesa informativa y habilitara el libro de queja, continuara la encuesta sobre el servicio de energía eléctrica, se distribuirá folleteria con concejos útiles, y se recepcionara las consultas y reclamos de los vecinos de la zona. La actividad se llevara a cabo entre las 9y30 y las 12y30 de la mañana.

v Conforman Comité IRAM del Consumidor en Argentina: Buenos Aires, 29 de octubre 2006.- Con la presencia de once organizaciones de defensa del consumidor quedó conformado el 25 de octubre el Comité IRAM (Instituto Argentino de Normalización) del Consumidor. En la ocasión, el Director General del IRAM, Mario Wittner, expresó su deseo de que “los consumidores participen en los proceso de normalización, ya que la elaboración de las normas debe responder a un balance de los sectores involucrados”. Por su parte, el Director de Normalización del IRAM, Blas Laterza, resaltó que “las normas han dejado de ser instrumentos exclusivamente referidos a temas técnicos, ya que se ha avanzado sobre servicios y gestión, aspectos que se encuentran vinculados estrechamente al consumidor”.


El actual Director Ejecutivo de Consumidores Argentinos, Guillermo Zucal, y quien será coordinador del Comité mencionado, dijo que el objetivo de esta entidad será “favorecer la participación de los consumidores en los procesos de normalización dándoles herramientas para que la puedan hacer más efectiva. Igualmente, se generará un vinculo más estrecho a través de un boletín virtual y comunicación permanente”. Estrategia global Esta iniciativa se enmarca dentro de una estrategia global coincidente entre Consumers Internacional y la Organización Internacional de Normalización (ISO, en sus siglas en inglés), referida a fortalecer la participación de las organizaciones de consumidores en los procesos de normalización.



En la región latinoamericana el proyecto de Consumers International (CI), “Fortalecimiento de las organizaciones en los procesos de normalización” generó un fructífero acercamiento entre distintas organizaciones y los respectivos organismos de normalización, lo que se reafirmó con la firma de un convenio de colaboración reciproca entre la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT) y CI.

Paralelamente, el Comité de Políticas del Consumidor (COPOLCO) y el Comité para los Países en Vías de Desarrollo (DEVCO), ambos de la ISO, se encuentran desarrollando un plan estratégico de fortalecimiento de la participación de los consumidores en estos procesos.



En este contexto, se han desarrollado una serie de talleres de capacitación, como en Toronto -donde participaron las organizaciones de consumidores involucradas en el proyecto de CI- en El Cairo, en Kuala Lumpur y en Botswana. En este último país participó Guillermo Zucal invitado como expositor por la ISO. En el encuentro también participaron la presidenta de COPOLCO, Jai Ok Kim, y la presidenta de DEVCO, Maureen Mutasa, así como la Encargada de Normas de Consumers International, Sadie Homer, junto a unas 30 organizaciones de consumidores y organismos de normalización africanos. (Fuente: Consumidores Argentinos - Boletín de Octubre de la Federación Consumidores internacional).


v No solo las vaquitas son ajenas: La asociación (O compra) de SanCor con una empresa deL empresario húngaro George Soros, fue tema abordado en los distintos medios de comunicación nacionales y regionales. Por ejemplo, párrafos de la editorial de este lunes 13 de Noviembre de 2006, del Diario Castellanos de Rafaela, Provincia de Santa Fe, dice: "Mientras se aguarda que las autoridades de la compañía láctea brinden explicaciones a la prensa, conviene reflexionar sobre algunos puntos centrales del asunto. La empresa cooperativa arrastra un pasivo en dólares millonario, que si bien fue reestructurado en 2005, no pudo ser cancelado. Los problemas de SanCor empezaron en la década pasada, cuando el Estado no solamente se endeudó hasta límites inconcebibles, sino que promovió el endeudamiento del sector privado con predicciones que nunca se concretaron.


Si la operación llega a concretarse, no obstante, tendrá un fuerte impacto en la estructura socioeconómica regional, dado que impondrá las reglas del capitalismo global donde predominó durante décadas el cooperativismo". En el Diario Pagina 12, el sábado 11 de Noviembre, el periodista David Cufre escribe, entre otros conceptos: "Herida desde la crisis de 2001, la cooperativa láctea SanCor terminó ayer por aceptar que ya no será más lo que fue desde 1938, cuando pequeños productores lecheros de Santa Fe y Córdoba unieron fuerzas para constituir una compañía que resultó la más grande del sector en Argentina y una de las líderes en América latina. El consejo de administración de la empresa aceptó una propuesta de la firma Adecoagro, que tiene al magnate George Soros como uno de sus principales accionistas, para transferirle el control de sus operaciones. El principio de acuerdo quedó refrendado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) y define un plazo de 90 días para cerrar las negociaciones. Los compradores, un fondo de inversión especializado en agro business, se comprometen a pagar 120 millones de dólares por el 62,5 por ciento de las acciones".


El tema es seguido con atención, pero ya genero reacciones de aquellos que afirman que la operación no se puede llevar adelante. Es así como el ex Diputado Nacional, y Apoderado de la asociación de consumidores Consumidores Libres, Héctor Polino, emitió un comunicado de prensa este lunes 13/11 en el que sostiene que "la ley de Cooperativas impide la venta de una parte de la empresa láctea SanCor al grupo que lidera el multimillonario George Soros. Consideró que esa ley prohíbe la venta 'cualquiera sea el monto del capital que aporte, porque tendría un voto al igual que el resto de los asociados'.


Recordó, además, que la norma 'impide expresamente la transformación (de una cooperativa) en una sociedad de carácter comercial'. 'Lo que sí permite es asociarse a una entidad comercial, pero en ese caso el asociado ingresante tendría un voto en las asambleas al igual que el resto de los asociados', explicó Polino. En ese sentido, enfatizó que 'la única solución frente a las dificultades financieras (de SanCor) es la ayuda económica por parte del Gobierno nacional'.



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Boletín de Noticias de Consumers Internacional - Octubre 2006 - Chile
Recibimos el Boletín de Noticias del mes de Octubre 2006, de Consumers International, oficina para América Latina y el Caribe. Visite la Web: http://www.consumidoresint.cl/
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v Direcciones y Enlaces Útiles
Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (Adeuco) - San Luis
Domicilio Legal y Postal: Neuquén 426 - San Luis - 02652 - 444039 / 15554293
adeuconline@yahoo.com.ar - adeuco_comunicación@yahoo.com.ar

Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) - Delegación San Luis
Av. Illia 64 - Ciudad de San Luis - Tel. 02652 - 426942
CNC Nacional: Perú 54 - 0800-3333344 - Buenos Aires - http://www.cnc.gov.ar/

Comisión Reguladora Provincial de Energía Eléctrica (CRPEE)
Ayacucho 945 - 5° Piso Edificio Administrativo - San Luis
Tel. 02652 - 432013/431206 - creelectrica@sanluis.gov.ar

Programa de Transporte de la Provincia
Ayacucho 945 - 6° Piso Edificio Administrativo - San Luis
Tel. 451495/451496

Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas)
0800-3334444 - Delegación Regional Cuyo: 0261 - 4381026/4294265
reclamos@enargas.gov.ar - http://www.enargas.gov.ar/


Municipalidad de la Ciudad de San Luis
02652 - 422705/424666
SERBA: 422400 - BROMATOLOGIA: 440586 - Transporte: 423042
Línea Gratuita: 0800 - 666 - 6751 - http://www.ciudaddesanluis.gov.ar/

Subsecretaria de Defensa del Consumidor de la Nación
Julio A. Roca 651 - Ciudad de Buenos Aires
0800 - 666 - 1518
http://www.consumidor.gov.ar/

Sub-programa de Defensa del Consumidor de San Luis
Ayacucho 945 Edificio Administrativo - Cuidad de San Luis - Tel. 02652 - 451486/451483 - Línea Gratuita: 0800 - 222 - 6538 - mailto:Defcons@sanluis.gov.ar


Administración Nacional de Seguridad Social (Anses)
Colon 1101 - San Luis Tel: 02652 - 432191/423662/435866
España 72 - Villa Mercedes Tel: 02657 - 432605/434693

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
Maipú 88 - Ciudad de Buenos Aires
Línea Gratuita: 0800 - 3330300

Órgano de Control de Concesiones Viales
(Occovi)
Línea Gratuita: 0800 - 3330073

Municipalidad de Juana Koslay
Dto. La Capital - San Luis
456893 - 456378
Ente Regulador del Agua y Saneamiento
457654

Municipalidad de Villa Mercedes - San Luis
0800 - 4447865 - Obras Sanitarias: 02657 - 456732 -
Concejo Deliberante: 02657 - 453678
http://www.villamercedes.gov.ar/

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